Pruebas requeridas
El interesado deberá ofrecer las siguientes pruebas con el fin de acreditar el ánimo de poseer:
– Prueba de testigos: no resulta suficiente; debe ser complementado por otro medio probatorio. Los testigos podrán acreditar que el interesado en adquirir haya vivido efectivamente en el inmueble por un plazo temporal dado.
– Recibos de pagos por impuestos, tasas y servicios desde el comienzo de la permanencia del inmueble: Si, se carece de comprobantes, se pedirá Oficio a Rentas o la Municipalidad correspondiente, que informe sobre los pagos. No conviene pagar con retroactividad para salvar los años, cuestión que no favorecerá el «animo posesorio».
– Otra prueba documental: gastos efectuados para mantener el inmueble en condiciones dignas de habitabilidad: acompañando las facturas de tales «mejoras», (recibo de compra de medidores, factura por honorarios de electricista, arquitecto, etc.). Si las mismas son membreteadas muchísimo mejor, a fin de que el juez se sirva de estas también de prueba. También sirven los planos catastrales de la propiedad.